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· ¿En qué consiste el Contrato en Prácticas?
El contrato en prácticas es aquél que se celebra con trabajadores que poseen una titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes.
Para que el contrato sea válido, debe firmarse antes de que pasen cuatro años desde que el trabajador obtuvo el título y el puesto a desarrollar por el trabajador debe ser de entidad suficiente para que el trabajador ponga en práctica todo lo aprendido durante los estudios cursados (no confundir con la colaboración universitaria con estudiantes).
El contrato en prácticas no puede durar menos de seis meses ni más de dos años. Dentro de estos límites, el trabajador puede tener hasta dos prórrogas (que no podrán ser de menos de seis meses). Por poner un par de ejemplos:
- Contrato de seis meses, más una prórroga de nueve meses, más otra prórroga de nueve meses. (total 24 meses =dos años)
- Contrato de doce meses, más prórroga de seis, más prórroga de seis (total 24 meses)
- Contrato de seis meses, más prórroga de seis, más prórroga de seis (total 18 meses, ya que no es necesario que dure obligatoriamente 24 meses).
El período de prueba podrá ser:
- De un mes para los trabajadores que tienen grado medio.
- De dos meses para los que tienen grado superior.
Cuando finaliza el contrato en prácticas la empresa debe dar al trabajador un certificado que acredite la duración de las prácticas así como las funciones que desarrollaba en el puesto de trabajo.
En cuanto a la retribución, durante el primer año, el trabajador recibirá, como mínimo el 60% del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo puesto o equivalente. Durante el segundo año (si llega) percibirá el 75%.
Ana Gómez
Departamento Laboral Ibáñez & Almenara Abogados
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